Aviso de operación amparada bajo una Sociedad anónima, certificaciones de experiencia.
Recurso de impugnación de Procesadora Monte Azul, S.a. Resolución del TACP publicada el 3 de abril de 2024. Ponente: José Aranda Ríos.
Extracto del texto
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE No. 148-2023 RECURRENTE: PROCESADORA MONTE AZUL, S.A ACTO IMPUGNADO: RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN No. 037 DE 24
DE JULIO DE 2023, POR EL CUAL SE ADJUDICA LA LICITACIÓN PÚBLICA No. 2023-0-18-01-08- LP-059936 PARA EL “SUMINISTRO DE ALIMENTOS PREPARADOS (DESAYUNO, ALMUERZO Y CENA), PARA PERSONAS EXTRANJERAS RETENIDAS TRANSITORIAMENTE EN LOS ALBERGUES MASCULINO Y FEMIENINO DEL SNM Y CUSTODIOS POR PERIODO DE UN (1) AÑO”
MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ ARANDA RÍOS
RESOLUCIÓN No. 196-2023-Pleno/TACP de 3 de octubre de 2023 (Decisión). CONSIDERANDO:
Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020, que regula la Contratación Pública en Panamá; en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del recurso de
impugnación contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas
relacionado con los procedimientos de selección de contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.