Autenticidad de estados financieros
Recurso de impugnación de Consorcio Pro-naturaleza (conformado por las Empresas Hombres de Blanco Corp., y Servicio Técnico de Limpieza, S.a.) contra…
Extracto del texto
RECURSO DE IMPUGNACIÓN EXPEDIENTE 236-2023
RECURRENTE: CONSORCIO PRO-NATURALEZA (Conformado por las empresas HOMBRES DE BLANCO CORP., y SERVICIO TÉCNICO DE LIMPIEZA, S.A.).
ACTO IMPUGNADO: Resolución No.037 de 7 de noviembre de 2023, proferida por MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, dentro del procedimiento de selección de contratista No.2021- 0-16-0-08-LP-018205.
MAGISTRADO: MARTÍN WILSON CHEN
RESOLUCIÓN No.256-2023-Pleno/TACP de 6 de diciembre de 2023 (Decisión).
CONSIDERANDO:
Que la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por el artículo 74 de la Ley No.153 de 8 de mayo de 2020, regula la Contratación Pública en Panamá, en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del Recurso de Impugnación contra cualquier acto de adjudicación, declaratoria de desierto o rechazo de propuestas, emitidos por las entidades en los procedimientos de selección de
contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.