Adjudicataria cumple a cabalidad con los requisitos establecidos en el pliego de cargos.
Recurso de impugnación de Compañía Internacional de Seguros, S.a. Resolución del TACP publicada el 17 de enero de 2023. Ponente: José Aranda Ríos.
Extracto del texto
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REPÚBLICA DE PANAMÁ
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLIC
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE N*: 300-2022
RECURRENTE: COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE SEGUROS, S.A.
ACTO IMPUGNADO: Resolución N*146-AL del 07 de diciembre de
2022, emitida por el AEROPUERTO INTERNACIONAL DE TOCUMEN, S.A., especificamente lo relacionado con la adjudicación del Renglón N*2 del acto público por Licitación por Mejor Valor N*2022-2-02-0-08- LV-010389.
MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ ARANDA RÍOS
RESOLUCIÓN No. 013-2023-Pleno/TACP de 17 de enero de 2023 (Decisión).
CONSIDERANDO:
Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020, que regula la Contratación Pública en Panamá; en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del recurso de impugnación contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas o cualquier acto que afecte la selección objetiva del contratista, emitidos por las entidades en los procedimientos de selección de contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.