Ley 9 de 2009 — QUE ADICIONA EL ARTICULO 1172-W (TRANSITORIO) EL CODIGO FISCAL, PARA AUTORIZAR LA ACUÑACION DE MONEDAS CONMERATIVAS AL CENTENARIO DEL BANCO NACIONAL DE PANAMA Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.
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G.O. 26205 LEY 9 De 19 de enero de 2009 Que adiciona el artículo 1172-W (transitorio) al Código Fiscal, para autorizar la acuñación de monedas conmemorativas al Centenario del Banco Nacional de Panamá, y dicta otras disposiciones LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se adiciona el artículo 1172-W (transitorio) al Código Fiscal, así: Artículo 1172-W (transitorio). Se crean, durante el año 2009 y por una sola vez, monedas de cobre y níquel de cincuenta centésimos de balboa (B/.0.50) para conmemorar el Centenario del Banco Nacional de Panamá, institución que ha contribuido, durante sus cien años de existencia, al desarrollo y crecimiento de la economía del país. Cada moneda tendrá un diámetro de treinta milímetros con sesenta y un centésimos de milímetro (30.61 mm) y un peso de once gramos con treinta y cuatro centésimos de gramo (11.34). La capa exterior será una aleación de setenta y cinco por ciento (75%) de cobre y veinticinco por ciento (25%) de níquel, y el centro será totalmente de cobre. La moneda conmemorativa al Centenario del Banco Nacional de Panamá tendrá, en el anverso, en el centro, el diseño del edificio de la Casa Matriz del Banco Nacional de Panamá; en el borde superior, el nombre BANCO NACIONAL DE PANAMÁ; en el borde inferior, la frase CINCUENTA CENTÉSIMOS DE BALBOA; debajo del diseño del edificio, centrada, la inscripción 1904-2004, y al lado izquierdo superior, la palabra CENTENARIO. En el reverso de la moneda, en el centro, llevará el Escudo de Armas de la República; en el contorno de la parte superior, la frase “República de Panamá”, y en la parte inferior, el año 2009, en cifras. El borde de esta moneda será estriado. …
Relación con otras normas
- Afecta aLey 8 de 1956— ADICIONA EL ARTICULO 1172-W TRANSITORIO AL CODIGO FISCAL
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