Ley 86 de 1976 — POR LA CUAL SE ADICIONA UN PARAGRAFO AL ARTICULO 535 DEL CODIGO FISCAL.
Extracto del texto
G.O. 18245
LEY 86 (De 22 de diciembre de 1976)
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN DECRETA:
Artículo Primero. Se adiciona el siguiente Parágrafo al Artículo 535 del Código Fiscal, así:
Parágrafo: En los casos de los numerales 1, 2, 3 de este artículo la exoneración otorgada no cubrirá la importación de licores o bebida alcohólicas extranjeras’’
Artículo Segundo. Esta Ley comenzará a regir a partir del 1o. de enero de mil novecientos setenta y siete.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Dada en la ciudad de Panamá, a los 22 días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y seis.
DEMETRIO B. LAKAS Presidente de la República
GERARDO GONZALEZ V. Vicepresidente de la República
FERNANDO GONZALEZ Presidente de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Relación con otras normas
- Afecta aLey 8 de 1956— ADICIONA UN PARAGRAFO AL ARTICULO 535.
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.