Ley 85 de 2013 — POR LA CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE PANAMA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA FRANCESA RELATIVO A LOS SERVICIOS AEREOS, DADO EN PARIS, EL 26 DE JULIO DE 2013.
Extracto del texto
G.O. 27406-A ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 85 De 24 de octubre de 2013
Por la cual se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno de la República Francesa Relativo a los Servicios Aéreos, dado en París, el 26 de julio de 2013
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se aprueba, en todas sus partes, el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno de la República Francesa Relativo a los Servicios Aéreos, que a la letra dice:
ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FRANCESA RELATIVO A LOS SERVICIOS AÉREOS
El Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno de la República Francesa, denominados en adelante “las Partes contratantes”, Siendo Partes del Convenio sobre Aviación Civil Internacional abierto a la firma en Chicago el 7 de diciembre de 1944, Deseosos de concluir un acuerdo complementario de dicho Convenio con vistas a establecer servicios aéreos entre sus respectivos territorios y fuera de ellos, Han acordado lo siguiente:
ARTÍCULO 1 DEFINICIONES
1. A los efectos del presente Acuerdo, salvo que se estipule lo contrario: a) El término “Convenio” designa el Convenio sobre Aviación Civil Internacional abierto a la firma en Chicago el 7 de diciembre de 1944 e incluye cualquier Anexo adoptado con arreglo al artículo 90 de dicho Convenio y cualquier modificación a los Anexos o al Convenio en aplicación de sus artículos 90 y 94, en la medida en que dichos Anexos y modificaciones hayan sido adoptados por ambas Partes contratantes; …
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