Ley 81 de 2019 — SOBRE PROTECCION DE DATOS PERSONALES.
Extracto del texto
G.O. 28743-A REPÚBLICA DE PANAMÁ, ASAMBLEA NACIONAL LEY 81 De 26 de marzo de 2018
Sobre Protección de Datos Personales
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Capítulo I Disposiciones Generales
Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto establecer los principios, derechos, obligaciones y procedimientos que regulan la protección de datos personales, considerando su interrelación con la vida privada y demás derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, por parte de las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, lucrativas o no, que traten datos personales en los términos previstos en esta Ley. Toda persona, natural o jurídica, de derecho público o privado, lucrativa o no, puede efectuar el tratamiento de datos personales, siempre que lo haga con arreglo a la presente Ley y para los fines permitidos en el ordenamiento jurídico. En todo caso, deberá respetar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de los titulares de los datos y de las facultades que esta Ley les reconoce.
Artículo 2. Los principios generales en los cuales se inspiran y rigen la protección de datos de carácter personal, en cuanto a la interpretación y aplicación de la normativa, son: 1. Principio de lealtad: los datos personales deberán recabarse sin engaño o falsedad y sin utilizar medios fraudulentos, desleales o ilícitos. 2. Principio de finalidad: los datos personales deben ser recolectados con fines determinados y no ser tratados posteriormente para fines incompatibles o distintos para los cuales se solicitaron, ni conservarse por tiempo mayor del necesario para los fines de tratamiento. 3. Principio de proporcionalidad: solo deberán ser solicitados aquellos datos adecuados, pertinentes y limitados al mínimo necesario en relación con la finalidad para la que son requeridos. 4. …
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