Ley 74 de 2009 — QUE AUTORIZA LA ACUÑACION Y EMISION DE MONEDAS FRACCIONARIAS DE CIRCULACION CORRIENTE DURANTE EL QUINQUENIO 2010-2014.
Extracto del texto
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G.O. 26406-D LEY 74 De 11 de noviembre de 2009 Que autoriza la acuñación y emisión de monedas fraccionarias de circulación corriente durante el quinquenio 2010-2014 LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se autoriza al Órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Economía y Finanzas, para emitir y ordenar, durante el quinquenio 2010-2014, la acuñación de monedas fraccionarias de circulación corriente, por un valor nominal o facial de hasta cincuenta millones de balboas (B/.50,000,000.00), con las características descritas en el artículo 1179 del Código Fiscal y demás disposiciones pertinentes.
Artículo 2. Se autoriza al Órgano Ejecutivo para determinar, durante cada periodo fiscal, el monto de cada clase de moneda fraccionaria que deberá emitirse y acuñarse dentro del límite de hasta cincuenta millones de balboas (B/.50,000,000.00).
Artículo 3. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Proyecto 69 de 2009 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los quince días del mes de octubre del año dos mil nueve. El Presidente, José Luis Varela R. El Secretario General, Wigberto E. Quintero G. ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMA, 11 DE NOVIEMBRE DE 2009. RICARDO MARTINELLI B. Presidente de la República ALBERTO VALLARINO CLEMENT Ministro de Economía y Finanzas ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
ASAMBLEA NACIONAL LEY: 074 DE 2009 PROYECTO DE LEY: 2009_P_069.PDF NOMENCLATURA:AÑO_MES_DÍA_LETRA_ORIGEN ACTAS DEL MISMO DÍA: A, B, C, D ACTAS DE VARIOS DIAS: V ACTAS DEL PLENO 2009_10_15_A_PLENO.PDF
Relación con otras normas
- Afecta aLey 8 de 1956— LA MODIFICA
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