Ley 71 de 2017 — ORGANICA DEL INSTITUTO TECNICO SUPERIOR ESPECIALIZADO.
Extracto del texto
28402-C ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
LEY 71 De 8 de noviembre de 2017
Orgánica del Instituto Técnico Superior Especializado
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Capítulo I Disposiciones Generales
Artículo 1. Se crea el Instituto Técnico Superior Especializado, que se regirá por la Constitución Política, la ley, el Estatuto y los reglamentos que adopte, que tendrán carácter oficial.
Artículo 2. El Instituto Técnico Superior Especializado estará conformado por las escuelas, departamentos, programas de formación, unidades administrativas, unidades de extensión, producción y servicios existentes o que se establezcan en el futuro y que atiendan a las necesidades de desarrollo tanto del Instituto como del país. Esta organización está conformada por autoridades, estudiantes, instructores y personal administrativo.
Artículo 3. El Instituto Técnico Superior Especializado impartirá educación superior técnica de acuerdo con los fines para los cuales fue creado y tendrá los objetivos siguientes: l. Contribuir al desarrollo social y económico del país, a través de la educación técnica del recurso humano que demandan los sectores productivos. 2. Promover programas de educación técnica pertinentes para facilitar la inserción laboral. 3. Promover la innovación, el mejoramiento continuo y el desarrollo de habilidades para la vida. 4. Brindar una educación integrada al desarrollo humano, social, económico, científico, cultural, tecnológico y ambiental. 5. Apoyar acciones que permitan la continuidad de la educación técnica a nivel universitario. 6. Fomentar desde el Instituto el ejercicio laboral enmarcado en valores éticos, morales y cívicos. 7. Organizar e implementar el estudio de programas que culminen con la formación de profesionales a nivel técnico superior.
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.