Ley 71 de 1974 — POR LA CUAL LA NACION TRASPASA AL INSTITUTO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (INTEL) LOS BIENES Y ACTIVOS ADQUIRIDOS DE LA EMPRESA COMUNICACIONES, S.A.
Extracto del texto
G.O.17681
LEY 71 (De 6 de Septiembre de 1974) Por la cual la Nación traspasa al Instituto Nacional de Telecomunicaciones (INTEL) los bienes y activos adquiridos de la empresa COMUNICACIONES S.A.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO. Traspasar al Instituto Nacional de Telecomunicaciones los bienes y activos adquiridos por la Nación de la empresa Comunicaciones, S.A. y se le concede la autorización para asumir los pasivos correspondientes.
ARTÍCULO SEGUNDO. Autorizar al Ministro de Hacienda y Tesoro para que firme a nombre de la Nación la Escritura Pública y demás documentos necesarios para formalizar los traspasos de los bienes y activos adquiridos por el Gobierno Nacional de la empresa Comunicaciones, S.A., al que este asuma los pasivos correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO. Los bienes y activos objeto del presente traspaso son los siguientes: a) Los bienes que están incorporados a la concesión de servicio público de telecomunicaciones de dicha empresa al tenor de lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto de Gabinete No 214 de 1970 b) Las mejoras e instalaciones en proceso de construcción destinadas a ser incorporadas a la concesión ya citada. c) Los otros activos que por su naturaleza y características deben ser asumidos por el Estado.
ARTÍCULO CUARTO. Esta Ley regirá desde su promulgación.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Panamá, a los 6 días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y cuatro.
DEMETRIO B. LAKAS Presidente de la República
ARTURO SUCRE P. Vicepresidente de la República
CARLOS ESPINO Presidente de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos ROGER DECEREGA Secretario General.
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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