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LeyesLeyVigente · modificada

Ley 7 de 2018 — QUE ADOPTA MEDIDAS PARA PREVENIR, PROHIBIR Y SANCIONAR ACTOS DISCRIMINATORIOS Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Extracto del texto

G.O. 28465-A ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ

Ley 7 De 14 de febrero de 2018

Que adopta medidas para prevenir, prohibir y sancionar actos discriminatorios y dicta otras disposiciones

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

Artículo 1. Esta Ley tiene como objetivo prohibir y establecer la responsabilidad por todo acto de violencia que atente contra la honra, la dignidad, la integridad física y psicológica de las personas, proteger el derecho al trabajo en condiciones de equidad y establecer políticas públicas para prevenir estos actos, conforme a las convenciones sobre Derechos Humanos ratificadas por la República de Panamá.

Artículo 2. Para lograr el objetivo previsto en el artículo anterior, el desarrollo de la Política Pública se enfocará en: 1. Sensibilizar, prevenir y prohibir con miras a erradicar el hostigamiento, acoso sexual o moral, racismo y sexismo en el ámbito laboral, educativo, comunitario y en cualesquiera otros ámbitos. 2. Imponer responsabilidades y sanciones, garantizando con ello los derechos humanos, la dignidad, el respeto y el bienestar de toda mujer u hombre de cualquier edad.

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley, los términos siguientes se entenderán así: 1. Hostigamiento, acoso sexual o moral. Acción u omisión sistemática, continua o de reiteración eventual, en la que una persona insinúa, invita, pide, persigue, limita o restringe derechos, disminuye la libertad, actúa groseramente con insultos, humilla a otros con fines de obtener alguna retribución sexual o afectar la dignidad de la otra persona. …

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