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Ley 64 de 1928 — POR LA CUAL SE ADICIONAN Y REFORMAN LOS ARTICULOS 1° Y 4° Y SE DEROGAN LOS ARTICULOS 3°, 6° Y 7° DE LA LEY 19 DE 1923.
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA LEGISLATIVA LEGISPAN Tipo de Norma: LEY Número: 64 Referencia: Año: 1928 Fecha(dd-mm-aaaa): 17-12-1928 Titulo: POR LA CUAL SE ADICIONAN Y REFORMAN LOS ARTICULOS 1° Y 4° Y SE DEROGAN LOS ARTICULOS 3°, 6° Y 7° DE LA LEY 19 DE 1923.
Dictada por: ASAMBLEA NACIONAL Gaceta Oficial: 05421 Publicada el: 22-12-1928 Rama del Derecho: DER. PENAL
Palabras Claves: Sustancias peligrosas, Abuso de drogas
Páginas: 1 Tamaño en Mb: 0.218 Rollo: 96 Posición: 831
Relación con otras normas
- Afecta aLey 19 de 1923— ADICIONA Y REFORMA ARTICULOS 1, 4; DEROGA ARTICULOS 3, 6, 7.
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.