Ley 61 de 2018 — POR LA CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO DE SERVICIOS AEREOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE PANAMA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE QATAR, HECHO EN DOHA EL 10 DE ABRIL DE 2018.
Extracto del texto
G.O. 28668-A
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
LEY 61 De 4 de DICIEMBRE de 2018
Por la cual se aprueba el Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno del Estado de Qatar, hecho en Doha el 10 de abril de 2018
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se aprueba, en todas sus partes, el Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno del Estado de Qatar, que a la letra dice:
ACUERDO DE SERVICIOS AÉREOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE QATAR
El Gobierno de la República de Panamá; y
El Gobierno del Estado de Qatar;
En adelante “las Partes Contratantes”
Siendo Partes en el Convenio sobre Aviación Civil Internacional abierto a la firma en Chicago el siete de diciembre de 1944;
Deseando concluir un Acuerdo, complementario de dicho Convenio, con el fin de establecer Servicios Aéreos entre y más allá de sus respectivos territorios;
Han acordado lo siguiente:
ARTÍCULO 1 Definiciones
A los efectos del presente Acuerdo, las siguientes palabras y expresiones tendrán los significados referidos en cada uno de ellos, menos que el contexto lo requiera de otra manera:
1. El término "El Convenio" significa el Convenio sobre Aviación Civil Internacional abierto a la firma en Chicago el siete de diciembre de 1944 e incluye cualquier anexo adoptado en virtud del artículo (90) de dicho Convenio y cualquier modificación de los anexos o del Convenio en virtud de los artículos (90) y (94) del mismo, siempre que dichos anexos y modificaciones se han hecho efectivos para o han sido ratificados por ambas Partes Contratantes;
2. El término "Acuerdo" significa el presente Acuerdo, el anexo adjunto al mismo y cualesquiera protocolos o documentos similares que modifiquen el presente Acuerdo o en …
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