Ley 60 de 1973 — POR LA CUAL SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE IMPUTACION DEL PAGO DE LOS TRIBUTOS, GRAVAMENES O DERECHOS.
Extracto del texto
G.O. 17398
Ley 60 De 19 de julio de 1973
“Por la cual se establece el procedimiento de imputación del pago de los tributos, gravámenes o derechos”
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Cuando un contribuyente moroso haga un pago por cuota, partida o anualidad de cualquier tributo, el mismo se imputará a las cuotas, partidas, o anualidades pendientes de la misma naturaleza.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los pagos que el contribuyente realice de acuerdo con el artículo anterior se aplicarán en su orden a la cancelación de los intereses vencidos, de los recargos y del tributo, gravamen o derecho.
ARTÍCULO TERCERO: Esta ley comenzará a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
COMUNIQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dada en la ciudad de Panamá, a los 19 días del mes de julio de mil novecientos setenta y tres.
DEMETRIO B. LAKAS Presidente de la República ELIAS CASTILLO G. Vicepresidente de la República
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Relación con otras normas
- Afecta aLey 8 de 1956— LA MODIFICA.
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.