Ley 58 de 2015 — QUE DECLARA LA SEMANA DE LA SEGURIDAD VIAL Y EL DIA DE SU CELEBRACION.
Extracto del texto
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G.O. 27875 LEY 58 De 22 de septiembre de 2015 Que declara la Semana de la Seguridad Vial y el día de su celebración LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se declara la cuarta semana del mes de octubre de cada año Semana de la Seguridad Vial, y el 23 de octubre Día de la Seguridad Vial.
Artículo 2. Durante la Semana de la Seguridad Vial, las instituciones del Estado podrán llevar a cabo actividades alusivas a esta fecha y elaborarán murales y desarrollarán talleres y seminarios para resaltar y promover el manejo preventivo y la seguridad vial.
Artículo 3. Los centros de enseñanza oficiales y particulares podrán llevar a cabo concursos y actividades, así como simulacros y programas de capacitación sobre la prevención y las buenas prácticas de seguridad vial para conductores y peatones.
Artículo 4. La Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre podrá coordinar con la Policía Nacional y las juntas comunales el desarrollo de desfiles y actividades que promuevan la seguridad vial, el uso de los pasos elevados peatonales, las líneas de seguridad, los cinturones de seguridad y de un conductor designado, así como la prohibición de hablar por teléfono mientras se conduce vehículos de motor.
Artículo 5. Durante la Semana de la Seguridad Vial, la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre coordinará, junto con el Ministerio de Educación y las autoridades nacionales y regionales, el desarrollo de foros y debates públicos relacionados con la prevención y seguridad vial.
Artículo 6. El Órgano Ejecutivo reglamentará la presente Ley.
Artículo 7. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. …
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.