Ley 56 de 2012 — QUE MODIFICA ARTICULOS DEL DECRETO LEY 1 DE 1999, SOBRE MERCADO DE VALORES DE LA REPUBLICA DE PANAMA.
Extracto del texto
G.O. 27,136 ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
LEY 56 De 2 de octubre de 2012
Que modifica artículos del Decreto Ley 1 de 1999, sobre el Mercado de Valores de la República de Panamá
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. El artículo 5 del Decreto Ley 1 de 1999 queda así:
Artículo 5. Órganos de la Superintendencia. La Superintendencia contará con un superintendente y una Junta Directiva. El Órgano Ejecutivo nombrará al superintendente y a cinco de los miembros de la Junta Directiva, quienes estarán sujetos a la ratificación de la Asamblea Nacional, conforme lo establece la Ley 3 de 1987. Los dos miembros adicionales serán designados conforme lo dispone el siguiente artículo, y no estarán sujetos a la ratificación de la Asamblea Nacional.
Artículo 2. El artículo 343 del Decreto Ley 1 de 1999 queda así:
Artículo 343. Periodo de transición. La Comisión Nacional de Valores y sus comisionados ejercerán las funciones de la Superintendencia hasta que los miembros de la Junta Directiva nombrados por el Órgano Ejecutivo y el superintendente hayan tomado posesión de sus cargos. Mientras se conforma la Junta Directiva de la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá corresponderá a su superintendente ocupar el cargo de director a que se refiere el párrafo tercero del artículo 6 de este Decreto Ley.
Artículo 3. La presente Ley modifica los artículos 5 y 343 del Texto Único del Decreto Ley 1 de 8 de julio de 1999.
Artículo 4. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Proyecto 506 de 2012 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil doce.
El Presidente,
Sergio R. Gálvez Evers El Secretario General,
Wigberto E. Quintero G.
G.O. 27,136
Relación con otras normas
- Afecta aDecreto Ley 1 de 1999— MODIFICA LOS ARTICULOS 5 Y 343.
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