Ley 56 de 2011 — QUE REGULA LOS SERVICIOS PRIVADOS DE SEGURIDAD Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.
Extracto del texto
G.O. 26795-A
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
LEY 56 De 27 de mayo de 2011
Que regula los servicios privados de seguridad y dicta otras disposiciones
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Capítulo I Disposiciones Generales
Artículo l. Esta Ley regula el funcionamiento, registro, control y auditorías e inspección de la prestación de servicios privados de seguridad, a través de personas jurídicas, que se desarrollen en el territorio nacional.
Artículo 2. Se encuentran comprendidos como servicios privados de seguridad, las actividades que tengan por objeto los siguientes servicios: 1. Vigilancia y protección de toda clase de bienes muebles o inmuebles. 2. Vigilancia y protección de establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones, puertos, aeropuertos, entidades del Estado y entidades diplomáticas. 3. Servicios de vigilancia y protección con armas de fuego y/o armas o artículos defensivos no letales y cualquier otro medio humano, animal, tecnológico o material. 4. Servicios de vigilancia y protección privada para corporaciones o entidades empresariales públicas o privadas. 5. Servicios de vigilancia y protección privada para bares, clubes nocturnos, restaurantes, discotecas, casinos, almacenes y hoteles, pensiones y lugares de ocasión. 6. Servicios comunitarios de vigilancia y seguridad privada. 7. Servicios de vigilancia fija, vigilancia móvil, escolta y transporte de valores. 8. Protección de personas determinadas, mediante la prestación de servicio de guardaespaldas o de escolta personal, previa expedición de la autorización correspondiente. 9. Instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad. 10. Instalación, comercialización y utilización de equipos para vigilancia y seguridad privada. 11. …
Relación con otras normas
- Afecta aDecreto Ejecutivo 21 de 1992— DEROGADO EN SU TOTALIDAD
- Afecta aDecreto Ejecutivo 22 de 1992— DEROGADO EN SU TOTALIDAD
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.