Ley 56 de 2007 — QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACION Y ESTABLECE INCENTIVOS PARA LA INVESTIGACION Y EL DESARROLLO CIENTIFICO Y TECNOLOGICO.
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LEY No. 56 De 14 de diciembre de 2007
Que crea el Sistema Nacional de Investigación y establece incentivos para la investigación y el desarrollo científico y tecnológico
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Capítulo I Disposiciones Generales
Artículo 1. Se crea el Sistema Nacional de Investigación para promover la investigación científica y tecnológica y su calidad, mediante el reconocimiento de la excelencia de la labor de investigación y desarrollo científico y tecnológico de personas naturales y jurídicas, a través de incentivos que pueden ser distinciones o estímulos económicos, otorgados en función de la calidad, la producción, la trascendencia y del impacto de dicha labor.
Artículo 2. Para los efectos de esta Ley, se considera investigador la persona natural que trabaja en la concepción o creación de conocimientos, productos, procedimientos, métodos y sistemas nuevos, en áreas científicas y tecnológicas.
Artículo 3. Podrán ser candidatas a los incentivos que establece esta Ley las personas naturales que sean investigadoras según lo dispone la presente Ley y las personas jurídicas que agrupen a investigadores y los apoyen en sus labores científicas o tecnológicas.
Artículo 4. El Sistema Nacional de Investigación tendrá los siguientes objetivos: 1. Incrementar el número y la calidad de investigadores dedicados a la investigación y al desarrollo científico y tecnológico de Panamá. 2. …
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