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Ley 56 de 2005 — QUE APRUEBA LA ADENDA No. 1 AL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTASO Y LA SOCIEDAD MOTORES INTERNACIONALES, S.A., AUTORIZADO MEDIANTE LA LEY 31 DE 21 DE DICIEMBRE DE 1993

Extracto del texto

G.O. 25454 ASAMBLEA NACIONAL, REPUBLICA DE PANAMA LEY No. 56 De 28 de Diciembre de 2005 Que aprueba la Adenda No.1 al Contrato suscrito entre el Estado y la Sociedad Motores Internacionales, S.A., autorizado mediante la Ley 31 de 21 de diciembre de 1993 LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

Artículo 1. Se aprueba, en todas sus partes, la Adenda No.1 al Contrato No.73 de 15 de diciembre de 1993, para la Operación, Desarrollo y Administración de una Terminal de Contenedores en el Puerto de Manzanillo, Coco Solo, Provincia de Colón, entre el ESTADO y la sociedad MOTORES INTERNACIONALES, S.A., autorizado mediante la Ley 31 de 21 de diciembre de 1993, cuyo texto es el siguiente: ADDENDA No.1 Celebrada entre EL ESTADO y la Sociedad MOTORES INTERNACIONALES, S.A. Entre los suscritos a saber RUBÉN AROSEMENA VALDÉS, varón, panameño, mayor de edad, casado, con cédula de identidad personal número 8-222-1514, abogado y vecino de esta ciudad, en su condición de Administrador y Representante Legal de LA AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ, debidamente facultado para este acto mediante Resolución de Junta Directiva No.007-2005 de 16 de junio de 2005 de la Autoridad Marítima de Panamá, la Nota CENA/132 de 21 de junio de 2005, emitida por el Consejo Económico Nacional y Resolución de Gabinete No.26 de 23 de junio de 2005, emitida por el Consejo de Gabinete, mediante las cuales se otorgó concepto favorable, quien en lo sucesivo se denominará EL ESTADO, por una parte; …

Relación con otras normas

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