LeyesLeyDerogada
Ley 56 de 1924 — POR LA CUAL LOS DIPUTADOS A LA ASAMBLEA NACIONAL TENDRAN FRANQUICIA TELEGRAFICA, TELEFONICA Y POSTAL POR TODO EL TIEMPO DE SU PERIODO.
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA LEGISLATIVA LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
Tipo de Norma: LEY Número: 56 Referencia: Año: 1924 Fecha(dd-mm-aaaa): 17-12-1924 Titulo: POR LA CUAL LOS DIPUTADOS A LA ASAMBLEA NACIONAL TENDRAN FRANQUICIA TELEGRAFICA, TELEFONICA Y POSTAL POR TODO EL TIEMPO DE SU PERIODO.
Dictada por: ASAMBLEA NACIONAL Gaceta Oficial: 04548 Publicada el: 05-01-1925 Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Poder Legislativo, Franquicia, Telecomunicaciones, Salarios y premios
Páginas: 1 Tamaño en Mb: 1.034 Rollo: 97 Posición: 473
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.