Ley 55 de 2004 — QUE AUTORIZA AL BANCO NACIONAL DE PANAMA PARA QUE ADOPTE MEDIDAS RELACIONADAS CON EL ESTADO DE URGENCIA TEMPORAL DE LA URBANIZACION PRADOS DEL ESTE.
Extracto del texto
G.O. 25184
LEY No. 55 De 24 de noviembre de 2004
Que autoriza al Banco Nacional de Panamá para que adopte medidas relacionadas con el estado de urgencia temporal de la urbanización Prados del Este
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se faculta al Banco Nacional de Panamá para que, dentro de las facilidades crediticias garantizadas con hipotecas otorgadas a residentes de la urbanización Prados del Este, ubicada en la comunidad de Felipillo, corregimiento de 24 de Diciembre, distrito y provincia de Panamá, incluida dentro del área declarada en estado de urgencia temporal decretado mediante Resolución de Gabinete 103 de 18 de septiembre de 2004, acepte de sus deudores, bajo la modalidad de dación en pago total de los saldos de las obligaciones contraídas, el traspaso de la propiedad de los bienes hipotecados por estos.
Artículo 2. Se faculta al Banco Nacional de Panamá para que pueda otorgar a los residentes de la urbanización Prados del Este, ubicada en la comunidad de Felipillo, corregimiento de 24 de Diciembre, distrito y provincia de Panamá, incluida dentro del área declarada en estado de urgencia temporal decretado mediante Resolución de Gabinete 103 de 18 de septiembre de 2004, facilidades crediticias garantizadas con hipotecas hasta por el ciento por ciento (100%) del valor comercial del bien que las garantiza para la adquisición de una nueva residencia.
Artículo 3. Se faculta al Banco Nacional de Panamá para que compre aquellos inmuebles (terreno y mejoras), ubicados dentro de la urbanización descrita en el artículo 1 de esta Ley, que se encuentren libres de gravámenes, y pague a sus propietarios una suma equivalente al valor del avalúo que realice el Banco Nacional de Panamá.
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.