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Ley 54 de 2013 — QUE MODIFICA LA LEY 55 DE 1973 Y LA LEY 5 DE 2007, RESPECTO A LA OPERACION DE ESTABLECIMIENTOS DEDICADOS A ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL EXPENDIO DE LICORES.

Extracto del texto

G.O. 27,373 ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ

LEY 54 De 13 de septiembre de 2013

Que modifica la Ley 55 de 1973 y la Ley 5 de 2007, respecto a la operación de establecimientos dedicados a actividades relacionadas con el expendio de licores

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

Artículo 1. El artículo 2-A de la Ley 55 de 1973 queda así: Artículo 2-A. Se establece un régimen de apertura y de operación para las actividades relacionadas total o parcialmente con el expendio de licores, con base en un esquema de dos niveles que se detalla a continuación:

Nivel Establecimientos Cubiertos Requisitos/Trámite/Concepto/Comentario Nivel 1 Restaurantes, cafeterías, supermercados, minisúper, abarroterías y mercados; servicio de comida en hoteles y establecimientos turísticos de alojamiento y cualquier otro establecimiento no previsto en el nivel 2, en donde se realice expendio de licores, pero que no sea su actividad principal. 1. Aviso de Operación en el Sistema P ANAMAEMPRENDE, el cual constituye una declaración jurada, que incluye las advertencias de posibles responsabilidades penales.

2. Derecho Único para ejercer la actividad de expendio de licores. Este Derecho Único se pagará a través del Sistema P ANAMAEMPRENDE y una sola vez. Los fondos serán recibidos por el Tesoro Nacional y luego distribuidos a la junta comunal del respectivo corregimiento donde opera el establecimiento.

El pago del Derecho Único aplicable será el siguiente: a. Establecimientos ubicados en los distritos de Panamá, Colón, David y San Miguelito: B/.600.00. b. Establecimientos ubicados en el resto del país: B/.300.00. …

Relación con otras normas

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