Ley 51 de 2011 — QUE APRUEBA EL PROTOCOLO DE ENMIENDA AL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE PANAMA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE ISRAEL SOBRE COOPERACION ECONOMICA Y COMERCIAL, DADO EN LA CIUDAD DE PANAMA, EL 9 DE FEBRERO DE 2011.
Extracto del texto
G.O. 26783-A ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
LEY 51 De 10 de mayo de 2011
Que aprueba el Protocolo de Enmienda al Acuerdo entre el Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno del Estado de Israel sobre Cooperación Económica y Comercial, dado en la ciudad de Panamá, el 9 de febrero de 2011
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se aprueba, en todas sus partes, el Protocolo de Enmienda al Acuerdo entre el Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno del Estado de Israel sobre Cooperación Económica y Comercial, firmado en la ciudad de Panamá, el día 9 de febrero de 2011, que a la letra dice:
Protocolo de Enmienda al Acuerdo entre el Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno del Estado de Israel sobre Cooperación Económica y Comercial
El Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno del Estado de Israel (denominados en adelante “las Partes”):
REFIRIÉNDOSE al Acuerdo entre el Gobierno de la República de Panamá y el Estado de Israel sobre Cooperación Económica y Comercial, firmado el 11 de abril de 2010 (en adelante el “Acuerdo”);
HAN ACORDADO modificar el Acuerdo como sigue:
Artículo 1
Lo siguiente se incorporará como
Artículo 4.2 (d) del Acuerdo: “permitir a las empresas gubernamentales de cada Parte, ejecutar proyectos y llevar a cabo el suministro de bienes y servicios, dentro del marco del Acuerdo pertinente entre Gobiernos o entidades gubernamentales de ambas Partes, sujeto a sus respectivas normas y legislación nacional”.
Artículo 2
1) Este Protocolo de Enmienda al Acuerdo entrará en vigor en la fecha de la última de las notas diplomáticas mediante la cual las Partes se notifiquen el cumplimiento de los
G.O. 26783-A
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.