Ley 49 de 2017 — QUE ESTABLECE LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS CADENAS AGROALIMENTARIAS.
Extracto del texto
G.O. 28304 ASAMBLEA NACIONAL DE PANAMÁ, REPUBLICA DE PANAMÁ LEY 49 De 16 de junio de 2017
Que establece la organización y funcionamiento de las cadenas agroalimentarias
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: Capítulo I Disposiciones Generales
Artículo 1. El Ministerio de Desarrollo Agropecuario creará cadenas agroalimentarias, que deberán ser representativas y legítimas, y en las que deben participar los actores de los distintos rubros que desarrollan la actividad agropecuaria en el país, que intervienen y se relacionan técnica, social y económicamente, desde la producción primaria, conservación y acondicionamiento, transformación industrial y transformación final y consumo, incorporando los procesos de preproducción, producción, posproducción y comercialización. Las cadenas agroalimentarias se conformarán y organizarán para el fortalecimiento y sostenibilidad de la seguridad alimentaria del país, de acuerdo con los criterios socioeconómicos que se establezcan.
Artículo 2. Para los efectos del artículo anterior, el Ministerio de Desarrollo Agropecuario creará la Unidad Técnica de Cadenas Agroalimentarias, con el objeto de mantener la vinculación de las instituciones públicas con todos los actores de las cadenas agroalimentarias y con las instituciones privadas.
Artículo 3. Para los efectos de esta Ley y su reglamento, los términos siguientes se entenderán así: 1. Cadena agroalimentaria. Conjunto de actores, acciones, procesos y mecanismos que propician la participación como herramienta para facilitar el diálogo, la creación de compromisos entre los actores y la definición de políticas públicas con conocimiento de intereses comunes y antagónicos sobre la base de los requerimientos de las necesidades de los consumidores. 2. Circuito de cadena. …
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