Ley 46 de 2007 — POR LA CUAL SE APRUEBA LA CONVENCION INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE, HECHA EN PARIS, EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2005.
Extracto del texto
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LEY No. 46 De 8 de noviembre de 2007
Por la cual se aprueba la CONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE, hecha en París, el 18 de noviembre de 2005.
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se aprueba, en todas sus partes, la CONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE, que a la letra dice:
CONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE
La Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en adelante denominada “la UNESCO”, en su 33ª reunión, celebrada en París, del 3 al 21 de octubre de 2005,
Considerando que el objetivo de la UNESCO es contribuir a la paz y a la seguridad a través de la promoción de la colaboración entre las naciones mediante la educación, la ciencia y la cultura,
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