Ley 4 de 1999 — POR LA CUAL SE CONSTITUYE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LAS MUJERES.
Extracto del texto
G. O. 23729 ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ Ley 4 (De 29 de mero de 1999)
Por la cual se instituye la Igualdad de oportunidades para las Mujeres
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DECRETA:
Título 1 De la Igualdad de Oportunidades
Capítulo 1 Política pública del Estado sobre la Igualdad de oportunidades para las mujeres y los Hombres
Artículo 1. Esta Ley se fundamenta en los siguientes principios: 1. Prohibición de toda discriminación basada en el sexo; igualdad ante la ley y demás derechos individuales y sociales, y garantías fundamentales que consagra la Constitución Política que obliga al Estado a legislar sin discriminación y a aplicar igualitariamente las leyes a las personas individuales y a los colectivos 2. Garantía de los derechos básicos de las humanas e igualdad de trato y oportunidades de desarrollo social, contemplados Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las normas de Discriminación contra la Mujer, que obliga al Estado a condenar la discriminación de género y a establecer políticas públicas para eliminarla. 3. Condena de todo tipo de violencia contra las mujeres contemplada en la Convención Interamericana para Prevenir, Erradicar y Sancionar toda Clase de Violencia contra la Mujer, y que obliga al Estado a proteger a este sector social de los actos violentos, violatorios de sus derechos humanos. 4 Protección de los derechos humanos y garantías fundamentales de las niñas y niños establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, que compromete al Estado a tomar las medidas apropiadas para garantizar la protección a la infancia sin discriminación. 5. Equidad. Justicia y respeto a la vida humana, consagrados en la Declaración Universal de los Derechos humanos. 6. …
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.