Ley 4 de 1998 — POR LA CUAL SE MODIFICAN Y DEROGAN DISPOSICIONES DE LA LEY 56 DE 1995. (REGULA LA CONTRATACION PUBLICA)
Extracto del texto
G.O.23460
Ley 4 (De 13 de enero de 1998)
Por la cual se modifican y derogan disposiciones de la Ley 56 de 1995.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. El numeral 3 del artículo 16 de la Ley 56 de 1995 queda así:
Artículo 16. … 3. Las actuaciones de las autoridades serán públicas y los expedientes que las contengan estarán abiertos a los proponentes, así como a cualquier persona o entidad pública o privada.
Artículo 2 . Se deroga el artículo 22 de la Ley 56 de 1995.
Artículo 3. El numeral 9 del artículo 28 de la Ley 56 de 1995 queda así:
Artículo 28. ... 9. La obligación de someterse a la precalificación, cuando proceda. ...
Artículo 4. Se adiciona el numeral 13 al artículo 28 de la Ley 56 de 1995, así:
Artículo 28. ... 13. La acreditación de la inscripción ante la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura, para participar en contrato de obras públicas o en otros para los cuales este requisito sea exigible.
Artículo 5. Los numerales 3 y 6 del artículo 40 de la Ley 56 de 1995 quedan así:
Artículo 40. ... 3. Cada propuesta será presentada en sobre cerrado, el cual contendrá la proposición ajustada al pliego de cargos y especificaciones, el precio propuesto, y la fianza de propuesta. ... 6. Quien presida la licitación rechazará de plano, en el acto de la apertura de los sobres, las proposiciones que no se hubieran acompañado de la fianza de propuesta conforme a los términos establecidos.
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ G.O.23460
La presente cláusula es de carácter restrictivo, por lo que, en ningún caso, podrán ser rechazadas propuestas por causas distintas a la señalada en este precepto. Contra el acto de rechazo, podrá reclamar el proponente o su representante o apoderado legal, en el mismo acto y hasta dos (2) días hábiles después. …
Relación con otras normas
- Afecta aLey 56 de 1995— MODIFICA EL NUMERAL 3 DEL ARTICULO 16, EL NUMERAL 9 DEL ARTICULO 28, LOS NUMERALES 3 Y 6 DEL ART. 40, EL NUMERAL 1 DEL
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