Ley 4 de 1994 — SE ESTABLECE EL SISTEMA DE INTERESES PREFERENCIALES AL SECTOR AGRARIO Y SE TOMAN OTRAS MEDIDAS.
Extracto del texto
G.O. 22539 ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
LEY 4 (De 17 de mayo de 1994)
"Por la cual se establece el sistema de intereses preferenciales al sector agropecuario y se toman otras medidas".
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. Los préstamos locales destinados al sector agropecuario calificado, tendrán derecho a un descuento en la tasa de interés pactada con el banco o entidad financiera prestamistas, quienes serán reembolsados por los descuentos que efectúen. Los préstamos interbancarios, los préstamos externos y el financiamiento a través de la emisión de bonos quedan excluidos de la presente Ley. Los préstamos otorgados al Banco de Desarrollo Agropecuario por bancos y entidades financieras tienen derecho al descuento de interés establecidos por este artículo. Parágrafo: El excedente de cada ejercicio anual del Fondo Especial de Compensación de Intereses (FECI) a que se refiere el Artículo 3 de la presente Ley, después de constituidas las reservas técnicas necesarias, se destinará en préstamo al uno por ciento (1%) de interés anual, en la proporción que se indica seguidamente: setenta y cinco por ciento (75%) al Banco de Desarrollo Agropecuario y veinticinco por ciento (25%) a las cooperativas de crédito agropecuario, según los términos y condiciones que estas entidades acuerden con la Comisión Bancaria Nacional.
Artículo 2. En las tasas de interés de los préstamos personales y comerciales locales, concedidos por bancos y entidades financieras, se incluirá y retendrá una suma equivalente al uno por ciento (1%) anual sobre el mismo monto que sirve de base para el cálculo de los intereses. Las sumas así retenidas se remitirán al Fondo Especial de Compensación de Intereses.
Relación con otras normas
- Afecta aLey 20 de 1980— LA SUBROGO EN SU TOTALIDAD
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.