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Ley 37 de 1919 — SOBRE SUELDOS DEL PODER JUDICIAL, DEL MINISTERIO PUBLICO Y OTROS.
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA LEGISLATIVA LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
Tipo de Norma: LEY Número: 37 Referencia: Año: 1919 Fecha(dd-mm-aaaa): 12-03-1919 Titulo: SOBRE SUELDOS DEL PODER JUDICIAL, DEL MINISTERIO PUBLICO Y OTROS.
Dictada por: ASAMBLEA NACIONAL Gaceta Oficial: 03054 Publicada el: 20-03-1919 Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO, DER. DE TRABAJO
Palabras Claves: Salarios y premios, Oficinas públicas, Ministerios, Registro público
Páginas: 1 Tamaño en Mb: 0.158 Rollo: 199 Posición: 436
Relación con otras normas
- Afecta aLey 13 de 1913— DEROGA EL ARTICULO 44.
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.