Ley 352 de 2023 — QUE ESTABLECE LA POLITICA AGROALIMENTARIA DE ESTADO Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.
Extracto del texto
Artículo 2. Se declara prioridad del Estado la producción agropecuaria nacional como instrumento para asegurar el derecho humano a la alimentación adecuada de la población y la seguridad y soberanía alimentaria nacional.
Artículo 3. La presente Ley establece los pilares para el desarrollo del sector agropecuario y rural y determina las áreas estratégicas y los lineamientos de la Política Agroalimentaria del Estado para la construcción del Plan Nacional de Desarrollo del Sector Agropecuario.
Artículo 4. Para los efectos de la aplicación de la presente Ley, los siguientes términos y conceptos se entenderán así: 1. Actividad agropecuaria. Actividades propias de la agricultura, es decir, agrícolas, pecuarias, forestales, acuícolas y pesqueras o relacionadas con ellas, de las cuales se obtienen productos y subproductos de origen vegetal o animal. 2. Adaptación al cambio climático. Ajustes en los sistemas de vida y productivos necesarios, para responder a los impactos derivados de la variabilidad y cambios extremos del clima; la mitigación del cambio climático; las medidas que eviten o reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero (reforestación, sistemas silvopastoriles, producción orgánica, uso de paneles fotovoltaicos, entre otras), es decir, que conlleven a la reducción de la huella de carbono de las actividades agrícolas. 3. Agregación de valor. Cualquier actividad de transformación que involucra elementos materiales (materias primas) y el trabajo del hombre para generar un producto o adecuar uno ya existente. LEY 352 De/Rde en elf!t:' de 2023 Que establece la Política Agroalimentaria de Estado y dicta otras disposiciones LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: Título Preliminar
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