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Ley 34 de 1919 — POR LA CUAL SE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO PARA CONTRATAR UN EMPRESTITO HASTA POR UN MILLON DE BALBOAS, Y SE DEROGA LA LEY 4ª DE 1916.
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA LEGISLATIVA LEGISPAN Tipo de Norma: LEY Número: 34 Referencia: Año: 1919 Fecha(dd-mm-aaaa): 10-03-1919 Titulo: POR LA CUAL SE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO PARA CONTRATAR UN EMPRESTITO HASTA POR UN MILLON DE BALBOAS, Y SE DEROGA LA LEY 4ª DE 1916.
Dictada por: ASAMBLEA NACIONAL Gaceta Oficial: 03051 Publicada el: 17-03-1919 Rama del Derecho: DER. FINANCIERO
Palabras Claves: Construcción y asociaciones de empréstito, Poder Ejecutivo
Páginas: 1 Tamaño en Mb: 0.172 Rollo: 199 Posición: 423
Relación con otras normas
- Afecta aLey 4 de 1916— LA DEROGA EN SU TOTALIDAD.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.