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Ley 29 de 1994 — POR LA CUAL SE CONSIDERAN DOCUMENTOS Y BIENES HISTORICOS DE INTERES NACIONALY PARTE INTEGRAL DEL PATRIMONIO DE LA NACION; EL ARCHIVO Y LOS OBJETOS MUEBLES DEL DOCTOR RICARDO J. ALFARO.

Extracto del texto

G.O. 22690

ASAMBLEA LEGISLATIVA LEY N°29 (De 19 de diciembre de 1994)

"Por el cual se consideran documentos y bienes históricos de interés nacional y parte integral del patrimonio de la Nación; el archivo y los objetos muebles del Doctor Ricardo J. Alfaro".

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DECRETA:

Artículo 1. Decláranse como documentos y bienes históricos de interés nacional y parte integral del patrimonio de la Nación, el archivo y los objetos muebles del Doctor Ricardo J. Alfaro.

Artículo 2. En su condición de documentos históricos de interés nacional y parte integral del patrimonio de la Nación, el archivo del Doctor Ricardo J. Alfaro queda bajo la custodia, responsabilidad y conservación del Instituto Nacional de Cultura, a través de los Archivos Nacionales y la Dirección Nacional de Patrimonio Histórico, de conformidad con la Ley N°14 de 1982, institución que a su vez lo estudiará y levantará un exhaustivo inventario.

Artículo 3. Los catálogos de las obras y el listado de los bienes del Doctor Ricardo J. Alfaro autenticados por la Secretaría General, se tendrán como parte de esta Ley.

Artículo 4. Esta Ley empezará a regir a partir de su promulgación.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en la ciudad de Panamá, a los 1 días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro.

La Presidenta El Secretario General, BALBINA HERRERA ARAUZ ERASMO PINILLA C.

ORGANO EJECUTIVO NACIONAL - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA - PANAMA, REPUBLICA DE PANAMA, 19 DE DICIEMBRE DE 1994.

ERNESTO PEREZ BALLADARES PABLO ANTONIO THALASSINOS Presidente de la República Ministro de Educación

ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA

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