Ley 28 de 1992 — POR LA CUAL SE ESTABLECE EL 19 DE AGOSTO DE CADA AÑO, DIA DEL ARTISTA PLASTICO, COMO MERECIDO RECONOCIMIENTO AL APORTE DE LOS ARTISTAS PLASTICOS A LA CULTURA.
Extracto del texto
G.O. 22189
LEY 28 (De 17 de diciembre de 1992)
"Por la cual se establece el 19 de agosto de cada año Día del Artista Plástico."
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DECRETA:
Artículo 1: Declárese el 19 de agosto de cada año, Día del Artista Plástico, como merecido reconocimiento al aporte de los artistas plásticos a la cultura.
Artículo 2: El Instituto Nacional de Cultura coordinará con las Asociaciones de Artistas Plásticos los diversos actos para la conmemoración de esta fecha.
Artículo 3: Esta Ley comenzará a regir a partir de su promulgación.
COMUNIQUESE y PUBLIQUESE
Dada en la ciudad de Panamá, a los 17 días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y dos.
LUCAS R. ZARAK L. Presidente RUBEN AROSEMAN VALDES Secretario General
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL – PRESID ENCIA DE LA REPUBLICA Panamá, República de Panamá, 17 de diciembre de 1992
GUILLERMO ENDARA GALIMANY Presidente de la República MARCO ALARCON Ministro de Educación
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.