Ley 26 de 2007 — QUE DECLARA EL MES DE LAS SAGRADAS ESCRITURAS Y ESTABLECE EL DIA DE SU CELEBRACION.
Extracto del texto
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LEY No. 26 De 10 de julio de 2007
Que declara el Mes de las Sagradas Escrituras y establece el día de su celebración
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se establece el mes de septiembre como el Mes de las Sagradas Escrituras, a fin de conservar, divulgar y promover la buena moral cristiana, la tolerancia, la justicia, la fe, la reconciliación, la paz y el amor al prójimo, para que se desarrollen aún más los valores sociales y familiares y seguir la palabra de Dios.
Artículo 2. Se declara el 30 de septiembre como el Día de las Sagradas Escrituras en la República de Panamá.
Artículo 3. Respetando la libre profesión de todas las religiones, así como el ejercicio de todos los cultos, se faculta a las entidades del Estado, a los municipios y a las escuelas oficiales y particulares, para promover el Mes de las Sagradas Escrituras, con la finalidad de elevar y mantener los valores que nos señala la palabra de Dios.
Artículo 4. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Proyecto 163 de 2005 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 22 días del mes de mayo del año dos mil siete.
El Presidente, Elías A. Castillo G.
El Secretario General Encargado, José Didimo Escobar S.
ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMA, 10 DE JULIO DE 2007.
MARTÍN TORRIJOS ESPINO Presidente de la República
MIGUEL ANGEL CAÑIZALES Ministro de Educación
ASAMBLEA NACIONAL, REPUBLICA DE PANAMA ASAMBLEA NACIONAL
LEY: 026 DE 2007
PROYECTO DE LEY: 2005_P_163.PDF NOMENCLATURA: AÑO_MES_DÍA_LETRA_ORIGEN ACTAS DEL MISMO DÍA: A, B, C, D
ACTAS DE VARIOS DIAS: V
ACTAS DEL PLENO
2007_05_21_A_PLENO.PDF
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.