Ley 26 de 1994 — POR LA CUAL SE CREA LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE LA REGION OCCIDENTAL, QUE SE DENOMINARA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHIRIQUI Y CUYA SEDE PRINCIPAL ESTARA EN EL DISTRITO DE DAVID, PROVINCIA DE CHIRIQUI.
Extracto del texto
G.O. 22612 ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
LEY 26 (De 30 de agosto de 1994)
"Por la cual se crea la Universidad Autónoma de Chiriquí".
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. Créase la Universidad Autónoma de la región occidental, que se denominará Universidad Autónoma de Chiriquí y cuya sede principal estará en el distrito de David, provincia de Chiriquí.
Artículo 2. La Universidad Autónoma de Chiriquí será autónoma en los términos que establece la Constitución y, por lo tanto, tendrá personería jurídica, patrimonio propio y derecho a administrarlo.
Artículo 3. La organización de sus estudios, la designación y separación de su personal, el carácter y fines de la Universidad, al igual que sus órganos de gobierno, autoridades superiores, extensión, patrimonio, régimen docente de investigación, administrativo, estudiantil, disciplinario y cualquier otro pertinente, será regulado por su estatuto orgánico.
Artículo 4. El método de elaboración del estatuto orgánico será definido por los órganos del gobierno de esta Universidad. Se constituirá una comisión especial de siete (7) miembros, integrada por un representante designado por la Rectoría de la Universidad de Panamá y seis (6) comisionados escogidos por los tres (3) estamentos universitarios, la cual tendrá como función redactar el proyecto de estatuto orgánico y el reglamento de carrera administrativa que regirán en la Universidad Autónoma de Chiriquí. Los profesores regulares elegirán tres (3) comisionados. Los profesores especiales, los estudiantes y los administrativos elegirán un (1) comisionado por grupo. …
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.