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LeyesLeyVigente

Ley 26 de 1975 — POR LA CUAL SE DEROGAN LOS ARTICULOS 2º, 3º Y 4º DE LA LEY Nº1 DE 3 DE ENERO DE 1949. (LEGISLA LA MATERIA A QUE SE REFIERE DECRETO LEY 21 DE 9 DE SEPTIEMBRE DE 1948, AUTORIZA ENAJENACION DE VARIOS LOTES DE TERRENO)

Extracto del texto

G.O. 17862

Ley 26 (De 13 de mayo de 1975)

“Por la cual se derogan los artículos 2º, 3º, y 4º de la Ley No. 1 de 3 de enero de 1949”.

EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN

DECRETA:

Artículo 1. Deróganse los artículos 2º, 3º, y 4º de la Ley 1ª. De 3 de enero de 1949.

Artículo 2. Esta Ley entrará a regir a partir de su promulgación.

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE:

Dada en la ciudad de Panamá, a los 13 días del mes de mayo de mil novecientos setenta y cinco.

DEMETRIO B. LAKAS Presidente de la República

ARTURO SUCRE P. Vicepresidente de la República

RAÚL CHANG Presidente de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos

ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ

Relación con otras normas

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