Ley 22 de 2014 — QUE INCLUYE LA ENSEÑANZA DE LA FORMACION DEL CARACTER Y LIDERAZGO PARA LA VIDA EN SOCIEDAD EN EL PROGRAMA CURRICULAR QUE DICTAN LOS ORIENTADORES, PSICOLOGOS, SOCIOLOGOS O PEDAGOGOS EN LA EDUCACION PREMEDIA Y EDUCACION MEDIA.
Extracto del texto
G.O.27646-A ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 22 De 20 de octubre de 2014
Que incluye la enseñanza de la formación del carácter y liderazgo para la vida en sociedad en el programa curricular que dictan los orientadores, psicólogos, sociólogos o pedagogos en la educación premedia y educación media
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. El Ministerio de Educación incluirá la enseñanza de la formación del carácter y liderazgo para la vida en sociedad en el programa curricular que dictan los orientadores, psicólogos, sociólogos o pedagogos en la educación premedia y educación media en los centros educativos del país.
Artículo 2. La enseñanza de la formación del carácter y liderazgo para la vida en sociedad en la educación premedia y educación media deberá ser dictada por orientadores, psicólogos, sociólogos o pedagogos.
Artículo 3. El Órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Educación, reglamentará la presente Ley.
Artículo 4. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Proyecto 19 de 2014 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, al primer día del mes de septiembre del año dos mil catorce.
El Presidente, Adolfo T. Valderrama R. El Secretario General, Franz O. Wever Z.
ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL, PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ, DE 20 DE OCTUBRE DE 2014.
JUAN CARLOS VARELA R. Presidente de la República MARCELA PAREDES DE VÁSQUEZ Ministra de Educación
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