Ley 22 de 1982 — POR LA CUAL SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE PROTECCION CIVIL PARA CASOS DE DESASTRES.
Extracto del texto
G.O.19692
LEY 22 (De 15 de noviembre de 1982) Por la cual se crea el Sistema Nacional de Protección Civil para casos de Desastres.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN DECRETA:
ARTÍCULO 1. Créase el Sistema Nacional de Protección Civil como organismo estrictamente humanitario, con personería jurídica propia, adscrito al Ministerio de Gobierno y Justicia.
ARTÍCULO 2. El Sistema Nacional de Protección Civil será el encargado de ejecutar medidas, disposiciones y órdenes tendientes a evitar, anular o disminuir los efectos que la acción del hombre o de la naturaleza, pueda provocar sobre la vida y bienes del conglomerado social.
ARTÍCULO 3. El Sistema Nacional de Protección Civil coordinará todas las actividades requeridas para lograr una integración de todas las organi zaciones, tanto del sector privado como gubernamental, necesarios para cumplir su propósito.
ARTÍCULO 4. El Sistema Nacional de Protección Civil comprenderá los siguientes niveles: 1. NIVEL NACIONAL: Abarca la jurisdicción de toda la República de Panamá y tendrá la siguiente composición a. El Órgano Ejecutivo b. El Consejo Nacional de Protección Civil c. La Dirección General 2. NIVEL PROVINCIAL: Comprenderá una Dirección Provincial de Protección Civil, que dependerá de su respectiva Dirección General. 3. NIVEL MUNICIPAL: Comprenderá una Dirección Municipal de Protección Civil, que dependerá de su respectiva Dirección Provincial
ARTÍCULO 5. El Órgano Ejecutivo es la máxima autoridad del Sistema Nacional de Protección Civil.
ARTÍCULO 6. El Consejo Nacional de Protección Civil estará constituído de la siguiente manera: a. El Ministro de Gobierno y Justicia o quien él designe, quien lo presidirá. b. El Presidente de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimiento o quien él designe. …
Relación con otras normas
- Afecta aDecreto Ley 11 de 1958— DEROGADO EN SU TOTALIDAD
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.