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Ley 22 de 1913 — POR LA CUAL SE DEROGAN DOS ARTICULOS DE LAS LEYES 74 DE 1904 Y 45 DE 1911. (BANC0 HIPOTECARIO Y PRENDARIO Y BANCO NACIONAL).
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA LEGISLATIVA LEGISPAN Tipo de Norma: LEY Número: 22 Referencia: Nº 22 Año: 1913 Fecha(dd-mm-aaaa): 09-02-1913 Titulo: POR LA CUAL SE DEROGAN DOS ARTICULOS DE LAS LEYES 74 DE 1904 Y 45 DE 1911. (BANC0 HIPOTECARIO Y PRENDARIO Y BANCO NACIONAL).
Dictada por: ASAMBLEA NACIONAL Gaceta Oficial: 01873 Publicada el: 22-02-1913 Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Finanzas públicas, Código Fiscal, Banco Nacional
Páginas: 1 Tamaño en Mb: 0.859 Rollo: 109 Posición: 1716
Relación con otras normas
- Afecta aLey 45 de 1911— DEROGA EL ART. 18
- Afecta aLey 74 de 1904— DEROGA EL ART. 18
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.