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Ley 217 de 2021 — QUE CREA EL PROGRAMA CAPITAL SEMILLA PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

Extracto del texto

Articulo 1. Se crea el Programa Capital Semilla para las Personas con Discapacidad con la finalidad de brindar apoyo económico e impulsar la independencia y emprendimiento de las personas con discapacidad en todo el territorio nacional.

Artículo 2. El Programa Capital Semilla para las Personas con Discapacidad, en adelante el Programa, tendrá por objetivo principal otorgar a las personas con algún tipo de discapacidad un capital semilla para el emprendimiento de pequeños negocios que contribuyan a su independencia económica y sustento diario.

Artículo 3. El Programa tendrá, además,Jos siguientes objetivos: l. Otorgar un capital semilla a las personas con discapacidad. como apoyo económico a esta población. 2. Contribuir e impulsar el emprendimiento de las personas con discapacidad. 3. Garantizar las oportunidades de trabajo para este sector de la población. 4. Impulsar la independencia y sustento para la población con discapacidad del país. Capítulo 11 Administración y Ejecución del Programa I

Artículo 4. El Programa estará adscrito a la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. La Secretaría Nacional de Discapacidad brindará la orientación y asistencia necesaria a la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para que se lleve a cabo la implementación y ejecución del Programa para este sector de la población.

Artículo 5. El Programa otorgará recursos, en concepto de capital semilla, a las personas con discapacidad por un monto de hasta dos mil balboas (B/.2 000.00) no rembolsables, a fin de financiar los planes de negocios y pequeños emprendimientos y apoyar el desarrollo laboral de este sector de la población, y cumpliendo con los requisitos establecidos por la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

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