Ley 21 de 2015 — POR LA CUAL SE APRUEBA EL CONVENIO DE MINAMATA SOBRE EL MERCURIO, HECHO EN KUMAMOTO (JAPON), EL DECIMO DIA DE OCTUBRE DE DOS MIL TRECE.
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G.O.27813-A LEY 21 De 27 de abril de 2015 Por la cual se aprueba el Convenio de Minamata sobre el Mercurio, hecho en Kumamoto (Japón), el décimo día de octubre de dos mil trece LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se aprueba, en todas sus partes, el Convenio de Minamata sobre el Mercurio, que a la letra dice: CONVENIO DE MINAMATA SOBRE EL MERCURIO Las Partes en el presente Convenio, Reconociendo que el mercurio es un producto químico de preocupación mundial debido a su transporte a larga distancia en la atmósfera, su persistencia en el medio ambiente tras su introducción antropógena, su capacidad de bioacumulación en los ecosistemas y sus importantes efectos adversos para la salud humana y el medio ambiente, Recordando la decisión 25/5 del Consejo de Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, de 20 de febrero de 2009, en la que se pedía emprender medidas internacionales para gestionar el mercurio de manera eficaz, efectiva y coherente, Recordando el párrafo 221 del documento final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, “El futuro que queremos”, donde se pidió que se procurara que concluyeran con éxito las negociaciones de un instrumento mundial jurídicamente vinculante sobre el mercurio a fin de hacer frente a los riesgos que representaba para la salud humana y el medio ambiente, Recordando que la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible reafirmó los principios de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo incluido, entre otros, el de las responsabilidades comunes pero diferenciadas, y reconociendo las circunstancias y las capacidades de cada Estado, así como la necesidad de adoptar medidas de alcance mundial, Conscientes de los problemas …
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