Ley 21 de 2009 — QUE REESTABLECE LA VIGENCIA DEL ARTICULO 11 DE LA LEY 44 DE 2004, QUE CREA EL PARQUE NACIONAL COIBA, Y MODIFICA EL ARTICULO 278 DE LA LEY 55 DE 2008.
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G.O. 26259 LEY 21 De 6 de abril de 2009 Que restablece la vigencia del artículo 11 de la Ley 44 de 2004, que crea el Parque Nacional Coiba, y modifica el artículo 278 de la Ley 55 de 2008 LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se restablece la vigencia del artículo del 11 de la Ley 44 de 2004 así:
Artículo 11. Se crea una zona de exclusión, comprendida en el área del Pacífico panameño, al norte del paralelo 06º30’0”, en la que se prohíbe la utilización de redes de cerco para la pesca de atún, toda vez que dichos aparejos de pesca afectan especies marinas del área, como peces de pico, delfines, cetáceos, tortugas y otras.
Artículo 2. El artículo 278 de la Ley 55 de 2008 queda así:
Artículo 278. La presente Ley deroga el Libro Segundo del Código de Comercio de Panamá.
Artículo 3. La presente Ley restablece la vigencia del artículo 11 de la Ley 44 de 26 de julio de 2004 y modifica el artículo 278 de la Ley 55 de 6 de agosto de 2008. Deroga el Decreto Ejecutivo 7 de 16 de febrero de 2009.
Artículo 4. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Proyecto 450 de 2008 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil nueve. El Presidente, Raúl E. Rodríguez Araúz El Secretario General, Carlos José Smith S. ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMA, 06 DE ABRIL DE 2009. MARTÍN TORRIJOS ESPINO Presidente de la República RAFAEL MEZQUITA Ministro de la Presidencia ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Relación con otras normas
- Afecta aDecreto 7 de 2009— DEROGADO EN SU TOTALIDAD
- Afecta aLey 55 de 2008— MODIFICA EL ART. 278
- Afecta aLey 44 de 2004— REESTABLECE LA VIGENCIA DEL ART. 11
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