Ley 206 de 2021 — QUE CREA LA AGENCIA PANAMEÑA DE ALIMENTOS Y DEROGA EL DECRETO LEY 11 DE 2006, QUE CREA LA AUTORIDAD PANAMEÑA DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS.
Extracto del texto
Artículo 1. Se crea la Agencia Panameña de Alimentos, en adelante AP A, como una entidad del Estado cuyo objetivo es la gestión y verificación de los trámites para la producción agro industrial e industrial de alimentos, así como la exportación e importación de alimentos, su tránsito y transbordo, de conformidad con las normas de salud animal, sanidad vegetal, cuarentena e inocuidad y las normas del comercio internacional.
Artículo 2. En cumplimiento de las funciones atribuidas a la APA mediante la presente Ley, le corresponderá al Ministerio de Desarrollo Agropecuario establecer las acciones relativas a la protección del patrimonio agropecuario nacional, con el objetivo de prevenir y controlar, en forma integral, los riesgos fito y zoosanitarios; al Ministerio de Salud, la competencia en materia de prevención y control de los riesgos relacionados con la inocuidad de los alimentos y el control de zoonosis, y al Ministerio de Comercio e Industrias, lo relacionado con las normas técnicas y la administración del cumplimiento de los acuerdos comerciales internacionales. Para efectos de lo anterior, la presente Ley se aplica a materias primas, productos y subproductos de origen animal, vegetal y mineral para usos alimenticios, nacionales o importados, en tránsito y transbordo, aplicables a la producción industrial y agroindustrial, exportación e importación de alimentos.
Artículo 3. Para los efectos de esta Ley, se utilizarán las definiciones establecidas en la Ley 23 de 1997, que aprueba el Acuerdo de Marrakech, así como las definiciones contenidas en los convenios internacionales y las leyes y reglamentos de la República de Panamá.
Artículo 4. Para los efectos que establece la presente Ley, prevalecen las funciones rectoras que la Constitución Política, las leyes nacionales …
Relación con otras normas
- Afecta aDecreto Ley 11 de 2006— DEROGADA EN SU TOTALIDAD
- Afecta aLey 23 de 1997— PREVALECEN LAS FUNCIONES RECTORAS Y REGLAMENTARIAS CONTENIDAS EN ESTA NORMA.
- Afecta aLey 47 de 1996— PREVALECEN LAS FUNCIONES RECTORAS Y REGLAMENTARIAS CONTENIDAS EN ESTA NORMA.
- Afecta aLey 66 de 1947— PREVALECEN LAS FUNCIONES RECTORAS Y REGLAMENTARIAS CONTENIDAS EN ESTA NORMA.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.