Ley 20 de 2016 — POR LA CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO DE TRANSPORTE AEREO ENTRE LA REPUBLICA DE PANAMA Y EL REINO DE LOS PAISES BAJOS, CON RESPECTO A CURAZAO, HECHO EN LA CIUDAD DE PANAMA, EL 11 DE ABRIL DE 2015.
Extracto del texto
G.O. 28071-A ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 20 De 1 de julio de 2016
Por la cual se aprueba el Acuerdo de Transporte Aéreo entre la República de Panamá y el Reino de los Países Bajos, con respecto a Curazao, hecho en la ciudad de Panamá, el 11 de abril de 2015
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. Se aprueba, en todas sus partes, el Acuerdo de Transporte Aéreo entre la República de Panamá y el Reino de los Países Bajos, con respecto a Curazao, que a la letra dice:
ACUERDO DE TRANSPORTE AÉREO ENTRE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS, RESPECTO DE CURAZAO
La República de Panamá y el Reino de los Países Bajos, respecto de Curazao, (en adelante las “Partes");
Siendo Partes en el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, abierto para la firma en Chicago el 7 de diciembre de 1944;
Deseando promover un sistema internacional de aviación basado en la competencia entre líneas aéreas en el mercado, con mínima interferencia y regulación por parte del Estado;
Deseando facilitar la expansión de las oportunidades de servicios aéreos internacionales;
Reconociendo que unos servicios aéreos internacionales eficientes y competitivos aumentan el comercio, el bienestar de los consumidores y el crecimiento económico;
Deseando que las líneas aéreas puedan ofrecer al público de viajeros una variedad de opciones de servicios a los precios más bajos que no sean discriminatorios y que no representen abuso o una posición dominante y queriendo animar a las líneas aéreas individuales para que desarrollen e implementen precios innovadores y competitivos; y
Deseando asegurar el mayor grado de seguridad y confianza en los servicios aéreos internacionales y reafirmando su gran inquietud sobre actos o amenazas contra la seguridad de las aeronaves que ponen en peligro la …
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.