Ley 18 de 1998 — POR LA CUAL SE APRUEBA EL CONVENIO SOBRE COOPERACION PESQUERA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE PANAMA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU FIRMADO EN LIMA, PERU EL 6 DE NOVIEMBRE DE 1996.
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA LEGISLATIVA LEGISPAN Tipo de Norma: LEY Número: 18 Referencia: 18 Año: 1998 Fecha(dd-mm-aaaa): 17-03-1998 Titulo: POR LA CUAL SE APRUEBA EL CONVENIO SOBRE COOPERACION PESQUERA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE PANAMA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU FIRMADO EN LIMA, PERU EL 6 DE NOVIEMBRE DE 1996.
Dictada por: ASAMBLEA LEGISLATIVA Gaceta Oficial: 23504 Publicada el: 19-03-1998 Rama del Derecho: DER. INTERNACIONAL PÚBLICO
Palabras Claves: Convenios internacionales, Pesca, Barcos pesqueros
Páginas: 6 Tamaño en Mb: 8.854 Rollo: 157 Posición: 2681 ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE LA ASAMBLEA NACIONAL Y EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES 2006
Para contribuir con la difusión y el conocimiento de la Normativa Internacional, incluimos una versión en formato PDF, que permite copiar y pegar su contenido en un procesador de palabras. CONVENIO SOBRB COOPBRA(:(ON PBSQUERA ENTRE EL GOBIBRNODB LA REPUßLlCA DB PANAM Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU
El Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno de la República del perú, denominados en adelante n las Partes n ¡
Animados por el deseo de fortalecer los tradicionales lazos de amistad existentes entre ambas Naciones ¡ y,
Conscientes de su interés por promover y fomentar el progreso técnico y científico en beneficio de ambas Partes.
Considerando su interés común en estimular la investigación científica, el desarrollo sostenido, y la transferencia de tecnología en el ámbito pesquero, que permita asegurar el aprovechamiento responsable de los À cursos hidrobiológicos en los respectivos países.
Han convenido en celebrar el presente Convenio de Cooperación Pesquera .
ARTICUO 1
El obj eti va del presente Convenio es promover la cooperación técnica y científica en materia pesquera entre ambos países, mediante …
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.