Ley 17 de 1992 — POR LA CUAL SE ADICIONA EL LITERAL 1) AL PARAGRAFO 8º DEL ARTICULO 1057-V DEL CODIGO FISCAL.(EXONERA DEL IMPUESTO ITBM, IMPORTACIONES Y TRANSFERENCIAS DE LIBROS Y TEXTOS, PUBLICACIONES EDUCATIVAS; CUADERNOS, ARTICULOS ESCOLARES).
Extracto del texto
G.O. 22082
Ley 17 (De 15 de julio, de 1992)
"Por la cual se adiciona el literal 1) al parágrafo 8° del Artículo 1057-V del Código Fiscal". LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DECRETA Artículo 1: Adiciónese el literal 1) al parágrafo 8° del Artículo l057-V del Código Fiscal así: Parágrafo 8°. Están exentos de este Impuesto:… 1) Las importaciones y transferencias de libros y textos de cualquier género las publicaciones y revistas educativa, cuadernos, lápices y demás artículos de exclusivo uso escolar, que se ajusten al reglamento que, para tales efectos, dicte el Ministerio de Hacienda y Tesoro en coordinación con el Ministerio de Educación.
Artículo 2. Esta Ley empezará a regir a partir del 1° de enero de 1993.
COMUNIQUESE y PUBLIQUESE
Dada en la ciudad de Panamá, a los 22 días del mes de junio de mil novecientos noventa y dos.
MARCO A. AMEGLIO SAMUDIO Presidente RUBEN AROSEMENA VALDES Secretario General
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. Panamá República de Panamá, 15 de julio de 1992.
GUILLERMO ENDARA GALIMANY Presidente de la República MARIO J. GALINDO H. Ministro de Hacienda y Tesoro
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Relación con otras normas
- Afecta aLey 8 de 1952— ADICIONA EL LITERAL 1 AL PARAGRAFO 8 DEL ARTICULO 1057-V.
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