Ley 16 de 2004 — QUE DICTA DISPOSICIONES PARA LA PREVENCION Y TIPIFICACION DE DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD Y LA LIBERTAD SEXUAL, Y MODIFICA Y ADICIONA ARTICULOS A LOS CODIGOS PENAL Y JUDICIAL
Extracto del texto
G.O. 25023 ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA LEY No. 16 De 31 de marzo de 2004 Que dicta disposiciones para la prevención y tipificación de delitos contra la integridad y la libertad sexual, y modifica y adiciona artículos a los Códigos Penal y Judicial LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DECRETA: Capítulo I Disposiciones Generales
Artículo 1. La presente Ley tiene como objetivo fundamental, proteger a las personas menores de edad de cualquier manifestación de explotación, sexual, en todas sus modalidades, mediante el establecimiento de normas preventivas y sancionatorias, de acuerdo con el interés superior de la niñez y la adolescencia, su protección integral y los principios rectores de la Constitución Política, el Libro Tercero del Código de la Familia y del Menor y los tratados y convenios internacionales sobre la materia aprobados y ratificados por Panamá.
Artículo 2. Las disposiciones de esta Ley son de orden público y obligan a las personas, naturales o jurídicas, a las empresas y a los establecimientos que se encuentren o se establezcan en el territorio nacional. También estarán sujetas a la presente Ley, las personas naturales que teniendo su domicilio en el exterior, realicen por sí mismas o en representación de una sociedad, actividades que tengan relación directa o indirecta con la comercialización de bienes y servicios a través de redes globales de información, los prestadores de servicios turísticos o que puedan generar o promover turismo nacional o internacional. Capítulo II Disposiciones Penales
Artículo 3. Se adiciona un párrafo final al artículo 93 del Código Penal, así:
Artículo 93. La acción penal prescribe:
G.O. 25023 ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA En los delitos contra el pudor, la integridad y la libertad sexual, contemplados en el Título VI …
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