Ley 16 de 2001 — QUE OTORGA FRANQUICIAS TRIBUTARIAS A LAS IMPORTACIONES DE MERCANCIAS NO NACIONALIZADAS CONSIGNADAS A LA CRUZ ROJA PANAMEÑA.
Extracto del texto
G.O. 24238
LEY Nº 16 De 7 de febrero de 2001
Que otorga franquicias tributarias a las importaciones de mercancías no nacionalizadas consignadas a la Cruz Roja Panameña
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. Con sujeción al cumplimiento de las formalidades pertinentes y a las disposiciones contenidas en la presente Ley, así como a los reglamentos que a1 respecto se promulguen, la Cruz Roja Panameña, como organismo internacional de prestigio, auxiliar de los Poderes Públicos, podrá introducir a1 país, libre de toda clase de derechos, impuestos, tasas, gravámenes y contribuciones de cualquier naturaleza, las mercancías y equipos necesarios para cumplir con su misión, a nivel nacional e internacional, en tiempo de guerra o en tiempo de paz , sujetos a los diferentes regímenes aduaneros, para garantizar sus funciones humanitarias en el país y el servicio logístico que deba brindar a la región de Centro y Suramérica y el Caribe, como Centro de Logística Internacional en caso de desastres naturales.
Artículo 2. Las mercancías que lleguen a la República de Panamá consignadas a la Cruz Roja podrán ser retiradas de los recintos aduaneros mediante el sistema de despacho de mercancías con pago garantizado, establecido en el Decreto de Gabinete 30 de 1994, sin consignar fianza de garantía.
Artículo 3. Salvo el caso de mercancías especificadas en la legislación nacional como de prohibida importación, las demás mercancías que lleguen en tránsito o en transbordo a la República de Panamá, consignadas a la Cruz Roja de otra nación y cuya responsabilidad de manejo esté a cargo de la Cruz Roja Panameña, gozarán de las franquicias y facilidades aduaneras que dispone la presente Ley, sin el requerimiento de licencias previas para el manejo de dichas mercancías.
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.