Ley 15 de 1983 — POR LA CUAL SE CREA UN JUZGADO NOCTURNO PARA EL DISTRITO DE DAVID.
Extracto del texto
G.O. 19885
LEY 15 (De 22 de agosto de 1983) Por la cual se crea un Juzgado Nocturno para el Distrito de David. EL CONSEJO NACIONALD E LEGISLACION DECRETA:
Artículo 1. Créase un Juzgado Nocturno para el Distrito de David, cuyo funcionamiento y procedimiento se regirán por la Ley 112 de 30 de diciembre de 1974 y el Libro 3º del Código Administrativo.
Artículo 2. El Órgano Ejecutivo queda facultado para crear las condiciones necesarias, para el funcionamiento administrativo del Juzgado Nocturno respectivo.
Artículo 3. Esta Ley comenzará a regir treinta (30) días después de su promulgación.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE:
Dada en la ciudad de Panamá, a los 22 días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y tres.
H.R. PROF. LORENZO S. ALFONSO G. Presidente del Consejo Nacional de Legislación
CARLOS CALZADILLA GONZALEZ Secretario General del Consejo Nacional de Legislación
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL.-PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.- PANAMA, REPUBLICA DE PANAMA, 22 DE AGOSTO DE 1983.
RICARDO DE LA ESPRIELLA T. Presidente de la República.
JUSTO FIDEL PALACIOS Ministro de Gobierno y Justicia
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.