Ley 14 de 2014 — QUE MODIFICA Y ADICIONA ARTICULOS A LA LEY 40 DE 2010 Y AUMENTA LA ASIGNACION DE LA BECA UNIVERSAL.
Extracto del texto
G.O.27598-B ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 14 De 12 de agosto de 2014
Que modifica y adiciona artículos a la Ley 40 de 2010 y aumenta la asignación de la beca universal
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se adiciona el artículo 1-A a la Ley 40 de 2010, así: Artículo 1-A. La beca universal tendrá los siguientes objetivos: 1. Prevenir y contrarrestar la deserción escolar de estudiantes que presentan problemas socioeconómicos, según evaluación del gabinete psicopedagógico, con el otorgamiento de un apoyo económico que coadyuve en sus necesidades escolares básicas. 2. Elevar los índices de inscripción y de asistencia escolar dentro de los procesos educativos. 3. Brindar la oportunidad de ser beneficiarios a los estudiantes de educación primaria, premedia y media que durante el año escolar en curso cuenten con el promedio académico requerido por esta Ley.
Artículo 2. Se adiciona el artículo 1-B a la Ley 40 de 2010, así: Artículo 1-B. Para los efectos de esta Ley, los siguientes términos se entenderán así: 1. Beca universal. Apoyo económico que se brinda a estudiantes de primaria, premedia y media hasta la culminación de sus estudios para lograr los objetivos previstos en esta Ley. 2. Uso adecuado. Utilización de la beca universal para satisfacer las necesidades de adquisición de uniformes, libros y útiles escolares y de cualquiera otra que contribuya con el mejor desempeño académico de los estudiantes en la actividad escolar.
Artículo 3. El artículo 2 de la Ley 40 de 2010 queda así:
Artículo 2. La beca universal tendrá una asignación anual, de acuerdo con el nivel de enseñanza, por cada estudiante beneficiario, así: 1. Doscientos setenta balboas (B/.270.00) para educación primaria. 2. Trescientos sesenta balboas (B/.360.00) para educación premedia. 3. …
Relación con otras normas
- Afecta aLey 40 de 2010— ADICIONA LOS ARTS. 1-A, 1-B, 6-A, 6-B Y MODIFICA LOS ARTS. 2, 3 Y 6
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.